Se publica el Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco

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Guadalajara, Jalisco; agosto 05 de 2023 –

El día 4 de agosto de 2023, el Periódico Oficial del Estado de Jalisco dio a conocer la publicación del nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco, en respuesta a la ley aprobada en octubre de 2022.

Este paso permitirá dar inicio legalmente al período de 180 días hábiles para la habilitación de normas técnicas en cada una de las áreas pertinentes al reglamento, las cuales serán desarrolladas por las instancias públicas competentes.

El Reglamento otorga atribuciones a la Secretaría de Transporte, la Secretaría de Seguridad y los municipios, quienes trabajarán en las normas específicas relacionadas con cada uno de los aspectos abarcados por la ley mencionada.

Con la promulgación de esta ley estatal y su reglamento, Jalisco se destaca como uno de los estados más avanzados en la armonización con la Ley General Nacional. Además, en concordancia con la ley estatal, el reglamento coloca a las personas como el eje central de la movilidad.

Dentro de las disposiciones contempladas en este reglamento, se incluye la regulación del Sistema Estatal de Información Territorial y Urbano, así como la creación de una Base de Datos sobre la Movilidad y Seguridad Vial de Jalisco. Esta base será el mecanismo para la coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial en los tres niveles de gobierno.

El transporte escolar también recibe atención en el reglamento, donde se plantean acciones y estrategias para reducir el uso de vehículos particulares, promoviendo y mejorando la eficiencia del transporte escolar regulado y proponendo rutas seguras para la movilidad activa. El objetivo es garantizar la seguridad vial alrededor de los centros escolares, con planos de señalización y fomento de una cultura de movilidad segura y sostenible, basada en el respeto a todos los usuarios del sistema de movilidad.

Asimismo, el reglamento define las responsabilidades, derechos y obligaciones de las personas según su jerarquía de movilidad, establece requisitos, condiciones y obligaciones para la circulación de vehículos, y describe procedimientos para el retiro de circulación como medida de seguridad establecida por la ley.

En relación con la prevención de factores de riesgo en la circulación vehicular, se pone especial énfasis en los mecanismos de control de ingesta de alcohol.

El reglamento también establece protocolos para atender siniestros viales, procurando la atención inmediata a las personas para salvar su integridad y agilizar la liberación de la vía pública, así como la aplicación de métodos alternativos de solución de conflictos derivados de estos accidentes.

En cuanto a las licencias de conducir, se definen los tipos, requisitos y condiciones para su expedición, suspensión y cancelación, destacando la introducción de la licencia digital con sus respectivas validaciones, con excepción para las personas operadoras del servicio de transporte público.

El reglamento incluye un capítulo específico sobre el servicio de transporte público en el modo de grúas, donde se fundamentan los requisitos para la obtención de autorización para prestar el servicio, así como las obligaciones y especificaciones en la descripción de los servicios prestados.

Cabe destacar que los servicios oficiales deberán solicitarse a través de la Secretaría de Seguridad en su Cabina Única, operada por la misma institución, para canalizar todos los servicios solicitados por las autoridades estatales y municipales, sin excepción.

La Ley de Movilidad y su reglamento se derivan de la incorporación de la declaración en la Constitución del derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, realizada el 18 de diciembre de 2020.

A partir de esa declaración, se emprendió un proceso de desarrollo normativo a nivel federal y en los distintos niveles de gobierno del país. Como resultado, el 17 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, instruyendo a las legislaturas estatales a armonizar sus leyes con esta normativa.

En Jalisco, el 19 de octubre de 2022 se expidió la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco mediante Decreto 28855/LXIII/22, con el objetivo de garantizar el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad , eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, y regular la movilidad, seguridad vial y transporte en la entidad.

Es posible consultar el reglamento completo en la siguiente liga:

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/seccion/periodico/21022

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